lunes, 14 de marzo de 2011

Martinez de Alzaga y un fallo premonitorio.

Una premonicion para el HSBC y la pandilla Martinez de Alzaga.

España: Condenan al banco Santander a indemnizar a una clienta por cancelarle sus tarjetas

santander

El Banco Santander Central Hispano ha sido condenado a pagar una indemnización de 6.000 euros en concepto de daños morales a una clienta por haber cancelado sin consultarle sus tarjetas de crédito y débito.

Así lo dio a conocer hoy la Asociación de Consumidores de Baleares (ACUIB) en rueda de prensa, donde explicaron que la irregularidad cometida por el SCH provocó que tanto la perjudicada como su hija pasaran esa Navidad sin dinero “ni tan siquiera” para comprar alimentos, lo que además derivó en el empeoramiento del trastorno depresivo que padecía.

Concepción, así se llama la damnificada, estaba haciendo la compra de Navidad cuando al intentar pagar se le informó que la tarjeta denegaba la operación, por lo que acudió a un cajero. Allí se enteró de que había desaparecido todo el dinero de su cuenta y quedaban tan sólo cuatro euros con setenta y tres céntimos.

Inmediatamente acudió a la oficina del Banco Santander para pedir explicaciones. Tras una larga y angustiosa espera el director de la entidad le dijo que no podía atenderla porque se iba de vacaciones y se negó a informar a Concepción de los motivos por los cuales había desaparecido todo el dinero de su cuenta.

El fallo judicial, que condena al pago de la indemnización por daños morales así como al pago de las costas, señala que el banco no puede proceder a la cancelación de una tarjeta de crédito de manera estrictamente “arbitraria o caprichosa”, sino que “necesariamente” debe concurrir una causa que la determine o justifique, lo contrario de lo que realizó la entidad.

Según indica la Asociación de Consumidores de Baleares en un comunicado, la mujer y su hija de siete años “tuvieron que pasar unas navidades sin dinero ni tan siquiera para poder comprar alimentos, porque la entidad financiera, de manera sorpresiva e ilícita, retiró todo el dinero de sus cuentas”.

Ahora el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Palma ha condenado al Santander por su comportamiento negligente. Los hechos que se describen en la sentencia son: “…la entidad demandadacumplió negligentemente su obligación contractual, al domiciliar los cargos derivados de la tarjeta de crédito ofrecida y aceptada en una cuenta (que no se utilizaba desde hacía 5 años) distinta de la indicada (que era con la que la demandante operaba y a la que había vinculado los pagos de las otras dos tarjetas, de crédito y débito de que disponía), cancelando anticipadamente las tarjetas y aplicando el total dispuesto en la cuenta corriente utilizada así como en la cuenta abierta a nombre de su hija menor, todo ello sin el conocimiento ni consentimiento de la Sra. Lorente. De dicho incumplimiento surge la obligación de resarcir los daños y perjuicios causados, y entre ellos los daños morales”.

Por último, el fallo asevera que en la fecha de los hechos, la demandante presentaba, además de una limitación funcional de columna causada por síndrome álgido, un trastorno depresivo y de afectividad, con un grado de minusvalía del 75% según los documentos aportados.

Asimismo, subraya que en 2007 la perjudicada presentó una recaída global y anorexia debido a motivos económicos al haberse encontrado el 22 de diciembre de hacía dos años sin saldo en sus cuentas “sin motivo justificado y sin notificación alguna por parte de la entidad bancaria”.

Más allá de la indemnización a la que es condenada la entidad financiera, desde ACUIB señalan la absoluta impunidad en la que desde hace décadas han venido actuando las entidades financieras quienes jamás han sido sancionadas por comportamientos como los que se describen por los organismos de supervisión.

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